viernes, 29 de abril de 2016

“YO ACUSO”


Fernando Murillo Flores

Hace mucho tiempo que decidí escribir artículos para expresar mis ideas, opiniones y análisis propios de mi profesión. En El Diario del Cusco se me brindó siempre un espacio para ejercer mi derecho constitucional de expresión y opinión.

Así, ejercí uno de los derechos humanos más importantes en una sociedad moderna y civilizada, el derecho de expresión y opinión. Estos derechos de raigambre histórica, dejan entrever que no siempre existieron, sino que como todos los derechos humanos, fueron abriéndose paso hasta un total reconocimiento positivo en constituciones nacionales e instrumentos internacionales. En el Perú el reconocimiento de tales derechos (de expresión y opinión) se da en sede constitucional, con respaldo internacional.

En mí residen, por el solo hecho de ser persona, el derecho a la vida, a la libertad e igualdad que, como tales son derechos inherentes e inmanentes a mi condición humana, pero también residen otros, no menos importantes, pero igual de fundamentales, como el de expresión y de opinión, aunque para ejercerlos se requiera, precisamente, expresar y opinar. Esos derechos humanos imponen al Estado el deber de no interferir en su desarrollo y/o ejercicio; así como el Estado debe respetar la vida, garantizar la libertad y brindar un trato igual ante la ley a toda persona, tiene también el deber de respetar que estos se desarrollen como tales, es más, de crear el ambiente y espacios para que expresen sus ideas, opiniones y arte.

En esa dimensión y contexto, ninguna autoridad pública o privada, puede interferir en el ejercicio de los derechos fundamentales de parte de quien, por ser persona humana, es su titular y los ejerce, salvo que tenga la intención de vulnerar su ejercicio mediante actos que les son lesivos, que son más intensos y graves si son intencionales y deliberados.

Mediante este artículo Yo acuso que he sido y vengo siendo objeto de una interferencia e intervención inconstitucionales respecto a mis derechos constitucionales de expresión y opinión, al imponerle a mis artículos de opinión, la censura previa proscrita por las normas citadas. Los hechos ocurren así:

1.    Como siempre lo hice y venía haciendo, alcanzo mis artículos a El Diario del Cusco, mediante mi correo electrónico, solicitando que se publique un día hábil de semana.
2.    El Diario del Cusco siempre publicó mis artículos sobre diversos temas, siendo o no diario judicial, recibiéndolos en una dirección de correo electrónica abierta desde 2009.
3.    El lunes 25 de enero de 2016, a las 19:36 hrs., luego de haberse publicado mi artículo “Preguntas de un obrero que lee”, recibí de la Administración de El Diario del Cusco, el siguiente mensaje por correo electrónico:
“Buenas noches Dr. Fernando
Previo un cordial saludo por la presente le comunico que por orden expresa de la Presidenta de la Corte Superior Dra. Elizabeth, los artículos de opinión deberá enviar al área de imagen para la coordinación respectiva para su publicación, por lo que ya no tomaremos en cuenta sus artículos si lo envía directamente en vista que ahora somos el Diario Judicial 2016, agradeciendo su comprensión.”
4.    El jueves 27 de enero de 2016 envíe una carta a la Dra. Elizabeth Grossmann Casas, Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cusco, para que cese la amenaza de la violación de mis derechos de expresión y opinión, mediante el mecanismo de la censura previa.
5.    Los días viernes 28 de enero; viernes 5 y viernes 12 de febrero de 2016 envíe artículos, como siempre lo hice, en forma directa a El Diario del Cusco, y no se publicaron.
6.    Luego del último envío – a diferencia de las anteriores, obtuve una respuesta de El Diario del Cusco: “BUENAS TARDES SEÑOR FERNANDO MURILLO, TENEMOS ÓRDENES ESTRICTAS DE NO PUBLICAR CUALQUIER TIPO DE ARTÍCULO QUE NO SEA REMITIDO DESDE LA OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL. POR CUANTO LE PEDIMOS POR FAVOR SOLICITE  LA APROBACIÓN DE SU ESCRITO EN LA MENCIONADA OFICINA, PARA SU POSTERIOR PUBLICACIÓN. MUCHAS GRACIAS.
7.    Con la no publicación de mis artículos, a la fecha, la amenaza se ha convertido en un hecho positivo de vulneración de mis derechos constitucionales.
8.    Luego recibí algunas comunicaciones de parte de El Diario del Cusco, con las que se pretende justificar la censura previa impuesta por la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cusco, en un error de comunicación en el marco de correos privados de emisión y receptor, pero lo cierto del caso es que obra en poder de El Diario del Cusco tres artículos míos sin publicación desde el 28 de enero de 2016.

Queda claro para mí que la Dra. Elizabeth Grossmann Casas, en su condición de Presidenta de la Corte Superior de Justicia del Cusco (2015-2016),  pues de otro modo o posición no lo podría hacer, estableció un mecanismo de censura previa al contenido de mis artículos de expresión y opinión, instaurando como censor a su Oficina de Imagen Institucional, para que esta determine si autoriza o no la publicación de mis artículos, siendo aún más grave que le impone a El Diario del Cusco, la obligación de acatar tal disposición, por el hecho de ser éste ahora diario judicial 2016. Entonces se ha doblegado a un medio de comunicación desde dicha posición, lo que sin duda no justifica la posición débil de El Diario del Cusco.

No creo que sea correcto que porque un diario sea designado como diario judicial, dicho medio de comunicación quede hipotecado en su línea editorial, sus contenidos como medio escrito de comunicación, información, expresión y opinión, salvo que el mismo medio imponga la hipoteca de su línea editorial, de expresión y opinión, lo que sería desde ya penoso, esa prensa no es la que necesita el Perú. El Perú necesita prensa libre.

Entonces, tengo los medios de prueba que vistos y analizados en conjunto acreditan la violación de mis derechos constitucionales de expresión y opinión, al imponérsele al contenido de mis expresiones y opiniones, la censura previa, al establecer en abstracto la prohibición a El Diario del Cusco de publicar mis artículos que le alcance en forma directa, si no son enviados a la oficina de Imagen Institucional de la Corte Superior de Justicia del Cusco.


Dejo expresa constancia que procedo a acusar de manera pública el hecho, al no haberse dejado sin efecto – como lo solicité – la amenaza de violar mis derechos constitucionales, y ante la materialización de dicha amenaza. Sin embargo, atendiendo al pedido de El Diario del Cusco, le envíe este artículo que, si Usted lo lee en El Diario del Cusco, debo considerar concluida la censura previa y el restablecimiento de mis derechos constitucionales de expresión y opinión; pero si lo lee en otro medio de comunicación escrito, ello implica que la censura no solo existió, sino que continua. 

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